¿Qué se entiende por declaración responsable y comunicación previa? Y, ¿qué implican?¿Por qué existen estas figuras?

Declaración responsable y comunicación previa


Se entiende por declaración responsable aquel documento suscrito por un interesado por el cual manifiesta:

  1. Que cumple con los requisitos establecidos en la normativa para obtener el reconocimiento de un derecho.
  2. Que dispone de la documentación que lo acredita. Esta documentación se pone a disposición de la Administración, siempre que le sea requerida, comprometiéndose a mantener el cumplimiento de las obligaciones en ella recogidas durante el periodo del reconocimiento.

Por otro lado, la comunicación previa es el documento por el cual los interesados ponen en conocimiento de la Administración sus datos identificativos. Además, es necesario poner en conocimiento de la Administración cualquier otro dato relevante al inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho.

Tanto la declaración responsable como la comunicación previa reconocen el ejercicio de un derecho o inicio de una actividad. Por tanto, desde su presentación se permite el ejercicio del derecho o de la actividad, estando sujetos al control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

¿Por qué existen estas figuras?

Tanto la declaración responsable como la comunicación previa se incorporaron por la adaptación a la nueva legislación de libre acceso a las actividades de servicios (Ley 25/2009, de 22 de diciembre).

Son fórmulas sustitutivas de las solicitudes administrativas tradicionales, que iniciaban procedimientos de autorización, licencias o permisos, para iniciar una actividad.

Ambas instituciones se convierten en un título habilitante para el inicio de una actividad o ejercicio de un derecho, sustituyendo el control anterior por el control posterior. Es decir, el control se hará a posteriori en el momento en que la administración requiera la información habilitante.