¿Qué diferencia hay entre Responsable del Tratamiento y Encargado del tratamiento?

Reglamento de UE 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018

Según los dispuesto en el Reglamento de UE 2016/679 y lo recogido en nuestra legislación, en la Ley Orgánica 3/2018, se entiende por Responsable del Tratamiento a la persona física o jurídica u organismo público que determinan los fines y los medios del tratamiento, es el máximo responsable en el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Protección de Datos.

El Encargado del Tratamiento es la persona física o jurídica u organismo público o privado al que el Responsable del Tratamiento encarga dicho tratamiento, el cual realizará su función siguiendo las instrucciones del Responsable del Tratamiento.