No sé qué es "la cuestión de de inconstitucionalidad"

El. Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional, a través de la cuestión de inconstitucionalidad, al igual que a través del recurso de inconstitucionalidad, garantiza la supremacía de la Constitución y enjuicia la conformidad o disconformidad con ella de las leyes, disposiciones normativas y actos con fuerza de ley del Estado y de las Comunidades Autónomas.

La cuestión de inconstitucionalidad sólo puede ser promovida, por Jueces y Tribunales, ya sea de oficio o a instancia de parte, y así lo harán cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al proceso del que conocen y de cuya validez dependa la decisión que hayan de adoptar en el mismo pueda ser contraria a la Constitución.

Es importante tener en cuenta que el órgano judicial ha de plantear la cuestión una vez concluso el proceso y dentro del plazo para dictar sentencia o la resolución judicial que proceda

La cuestión planteada deberá concretar:

  • La ley o norma con fuerza de ley de cuya constitucionalidad duda,
  • El precepto constitucional infringido
  • Especificar  en qué medida la decisión del proceso depende de la validez de la norma cuestionada.